|

Los festivales No Sin Música y Música del Mar recurren la retirada de los patrocinios del Ayuntamiento y la Diputación de Cádiz

Las sociedades promotoras de los festivales No Sin Música y Música del Mar han presentado recursos administrativos contra las decisiones de la Diputación de Cádiz y del Ayuntamiento de Cádiz de suspender o no formalizar los contratos de patrocinio previstos para ambos ciclos musicales. El asunto sitúa en primer plano una cuestión clásica del derecho administrativo: hasta dónde puede una administración retirar un apoyo público ya comprometido y con qué motivación debe hacerlo.

En una nota difundida a través de un despacho gaditano, las promotoras sostienen que ni las sociedades organizadoras ni su administrador único están siendo investigados, que no forman parte de ningún procedimiento judicial y que no tienen la condición de investigados por los hechos conocidos en las últimas semanas. Las empresas reclaman una aclaración fundamental después de que la retirada de los patrocinios se vinculara públicamente con una investigación judicial abierta sobre un presunto entramado de blanqueo de capitales relacionado con empresas de ocio, festivales y contratos públicos.

Los recursos se dirigen contra las resoluciones de ambas administraciones, adoptadas después de que trascendiera que algunos empresarios con participaciones minoritarias en la sociedad promotora habían sido detenidos en el marco de esa causa. Las promotoras defienden que esas decisiones carecen de respaldo jurídico suficiente, en la medida en que se apoyarían en una imputación que no les alcanza como personas jurídicas.

Desde el punto de vista técnico, el caso plantea tres frentes que suelen ir juntos en la contratación pública: la motivación del acto administrativo que suspende o no formaliza el contrato, la eventual concurrencia de una prohibición de contratar de las previstas en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público —que exige condena firme o sanción, no una mera investigación— y la presunción de inocencia proyectada sobre la esfera administrativa. Agotada la vía administrativa, la controversia acabaría previsiblemente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, cuyo juzgado en Cádiz capital tiene su sede en la calle Ana de Viya.

Conviene subrayar que la investigación penal citada se encuentra en fase de instrucción y que todas las personas afectadas están amparadas por la presunción de inocencia. Los recursos administrativos presentados no prejuzgan el resultado de aquella causa ni al revés.

Fuente: Cádiz Directo.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *